Tras la entrada en vigor del nuevo Decreto de Accesibilidad, el pasado 16 de julio, tenemos que tener en cuenta algunas variaciones a la hora de plantear y presupuestar nuevas soluciones de mejora de accesibilidad. El Decreto es de aplicación para cualquier obra cuyo DERE no se haya presentado antes del 16 de julio.

En cuanto a la accesibilidad en la entrada del edificio o la vivienda unifamiliar, se debe promover a cota cero. No obstante, será admisible como máximo un desnivel menor o igual a 5 cm salvado con una pendiente que no exceda del 25 %. En el caso de desniveles mayores se deberán cumplir las condiciones establecidas para rampas accesibles.

Para limitar el riesgo de resbalamiento, los suelos de las zonas comunes de circulación tendrán la clase de resistencia al deslizamiento exigida a los suelos de los edificios de uso residencial público en el CTE. Esto significa que hasta una distancia de al menos 6 m desde la entrada, las zonas planas (pendiente inferior al 6%) serán clase 2 y las rampas (6% o más) y escaleras clase 3. A partir de 6 m desde la entrada, los suelos planos serán clase 1 y las rampas y escaleras clase 2. 

Todo ello implica que hay que olvidarse del mármol si no disponemos de un tratamiento antideslizante certificado (por aplicación de productos), o bien con acabado flameado o abujardado. En cualquier caso, ya no valen las acanaladuras, sólo bandas antideslizantes en algunos casos.

La altura de uso de mecanismos y accesorios (como, por ejemplo, los porteros electrónicos) estará comprendida entre 70 y 120 cm del suelo.

Los extintores, para facilitar su alcance a cualquier usuario en situación de emergencia, se situarán en las franjas de altura establecidas para mecanismos accesibles en el CTE y conforme a la reglamentación específica de instalaciones de protección de incendios vigente. Preferentemente, se situarán encastrados. En caso contrario, y si sobresalen más de 15 cm, deberán disponer de elementos fijos que restrinjan el acceso hasta ellos y permitan su detección por los bastones de personas con discapacidad visual. Alternativamente, podrá colocarse también en aquellos untos que minimicen el riesgo de impacto, tales como rincones o ensanchamientos.